Según la nueva Ley LSSI se
considera prestadora de servicios a cualquier bien, sea un servicio
o información "prestado normalmente a título oneroso, a distancia y vía electrónica y a petición individual
del destinatario".
La nueva ley afecta al 90% de las webs existentes en la actualidad ya que simplemente
por el hecho de ofrecer una información o servicio a sus clientes desde el web o simplemente por el
hecho de colocar publicidad, aunque ofrezca algo gratuito a sus clientes, usted ya formaría parte del ámbito
subjetivo de la Ley.
Las multas por el incumplimiento de esta Ley son elevadas (de 30.000 € -leve-, hasta 150.000 € -graves- o hasta
600.00 € -muy graves)
Nuestros análisis le permiten certificar a nivel interno y hacia el usuario que su iniciativa en Internet
cumple con la LSSI y que se respetan los derechos de los usuarios.
Principales contenidos de la LSSI

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que había previsto.
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